Atención: desde este 2 de junio, tiendas de barrio deberán hacer cambio grande; Dian les hizo advertencia
Muchos de estos locales tenían que hacer modificaciones a sus sistemas de facturación. Hasta hoy había plazo.
Uno de los nuevos sistemas que la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales ha implementado paulatinamente en el país es la facturación electrónica, cuyo fin es combatir la evasión de impuestos y llevar un control más riguroso de las compras y ventas que hacen los colombianos.
Por ello, recientemente, esa entidad anunció un nuevo cambio que haría a las tiendas de barrio y otros negocios minoristas, precisamente para hacer un seguimiento a las diferentes transacciones que se hacen en estos comercios.
La entidad aseguró que los locales deberán hacer un cambio o modificación en los sistemas de facturación POS, muy populares también en negocios como cigarrerías, pequeños supermercados y tiendas.
Dian anunció que las tiendas de barrio deberán implementar factura electrónica. - Foto: Getty Images/iStockphoto
Qué cambios deberán hacer las tiendas de barrio para evitar multas de la Dian
De acuerdo con un comunicado de la entidad, hoy 1 de junio vence el plazo para que los facturadores electrónicos implementen el límite en sus sistemas de facturación tipo POS. Dicho límite deberá ser de 212.060 pesos, que corresponde a 5 UVT (Unidades de Valor Tributario).
Si el valor de una venta se encuentra por debajo del monto mencionado, el comerciante podrá expedir la factura que normalmente genera su sistema. Sin embargo, si la venta supera ese valor, el comerciante se verá obligado a entregar una factura electrónica.
“Los responsables de facturar deben tener en cuenta que, de acuerdo con lo establecido en el Estatuto Tributario, los obligados a facturar electrónicamente que no cumplan con los requisitos de facturación electrónica pueden enfrentar sanciones como el cierre del establecimiento por 3 días, o sanción pecuniaria equivalente al 5 % de los ingresos operacionales obtenidos en el mes anterior a la fecha en la que incurrió el hecho sancionable”, advirtió la Dian en su comunicado.
La entidad también precisó quiénes son los obligados a facturar electrónicamente en Colombia:
- Las personas jurídicas.
- Los responsables de IVA y del Impuesto Nacional al Consumo.
- Las personas naturales que superen ingresos brutos de 3500 UVT ($ 133.014.000 año 2022, $ 148.442.000 año 2023).
- Los contribuyentes inscritos en el RST.
La facturación electrónica en comercios minoristas deberá ser aplicada a compras que superen los 5 UVT. - Foto: Gabriela Alvarado
Fuente; https://www.semana.com/economia/empresas/articulo/atencion-desde-este-2-de-junio-tiendas-de-barrio-deberan-hacer-cambio-grande-dian-les-hizo-advertencia/202342/